Dos sugerencias al Proyecto de Reglamento del Registro Único de Afectadas por Derrames Petróleo (Ley 32190)
el peso de la elaboración del padrón se lo lleva el Gobierno Local, la institución más débil de todas.
Publicación de la propuesta de Reglamento
El pasado 21 de marzo se publicó el proyecto de reglamento de la Ley 32190. relativa al Registro Único de Afectados por derrames de hidrocarburos. Este proyecto de Reglamento puede consultarse en este enlace, el mismo que ha sido visado en marzo de este año 2026.
Determinación del área afectada
Como todo empadronamiento la clave es el procedimiento. Que tiene como paso previo la determinación de la zona afectada, y que a la letra dice: "Dicha área se considera como criterio de elegibilidad de los afectados y extensión del daño y es determinada por la Empresa de hidrocarburos y validada por el OEFA, la cual, excepcionalmente, puede precisar o redefinir el alcance de dicha área." Como ya se imaginarán, lo de excepcional está demás.
El peso en el gobierno local
Pero, vamos al tema clave, que es el procedimiento de empadronamiento: "El Gobierno Local competente, en coordinación con el INDECI para el registro en el SINPAD y la Empresa de Hidrocarburos, realiza el empadronamiento de las Personas Afectadas, en un plazo de diez (10) días calendario, contado desde la ocurrencia de los hechos". Esta propuesta tiene varios problemas, el primero es la limitada, y en algunos casos nula, capacidad de los municipios para esta labor. Y el segundo problema es de orden populista, ahí está el ejemplo de un alcalde presentando una propuesta de empadronamiento más parecido a una guía telefónica que a un padrón luego de casi dos años del derrame de Repsol. Esto no conduce a propiciar un clima de paz social, sino todo lo contrario.
Inscripción de afectados
En cuanto a los criterios para la inscripción, se señala que se debe de indicar su actividad económica. Esto es sin duda imprescindible para calcular la afectación y el "lucro cesante" señalado en la propuesta. Pero hay que enfatizar la debilidad de consignar una información cierta en nuestra realidad informal y de personas que buscan oportunidades de ingreso día a día.
Publicación oficial en al OGGS
Luego de 12 días este padrón es remitido a la Oficina General de Gestión Social (OGGS) del MINEM quién publicará el registro oficial en 5 días. Si bien los plazos no se podrán cumplir, lo cierto es da la responsabilidad de la difusión registro oficial a la OGGS.
Impugnaciones
Las impugnaciones difícilmente serán para eliminar a alguien, sino serán para incluir a nuevas personas. Por ello, lo importante viene aquí, las impugnaciones serán dirigidas a la OGGS con su respectiva evidencia. Pero, "las impugnaciones son remitidas por la OGGS del MINEM al Gobierno Local competente para su evaluación", en buen cristiano, la OGGS devuelve la pelota al gobierno local. Este es sin dudas un nudo de problemas, pero analicemos dos escenarios típicos:
a. En una localidad grande como Ventanilla o Ancón, en Lima, difícilmente habrá capacidad para evaluar un número grande de impugnaciones, o, principalmente, pedidos de inclusión en el padrón. Y aquí hay dos posibilidades, se va por el formalismo y no se atienden la mayoría de impugnaciones por carecer de fundamentos o se atienden todos para no medrar el respaldo social de la autoridad local.
b. En una localidad pequeña como Lobitos, en Talara, si se puede hacer este trabajo de criba y evaluación, aunque tomará tiempo, y más que evidencias, se trabajará sobre el conocimiento público que hay de las personas que se conocen bien entre sí en un pueblo pequeño. Aunque también seguirá la presión de atender a los que quieran ingresar para no medrar el respaldo social de la autoridad local.
Conclusiones
¿Es una mejora frente a la situación previa? Si, ordena el escenario del empadronamiento.
¿Elimina conflictos? No. Y el centro del conflicto serán ahora los municipios, ya las empresas y la población saben lo que eso significa. Aquí las estrategias para influir en la autoridad local serán claves en los próximos conflictos.
¿Cómo se puede mejorar este reglamento? Sin duda este es el centro de la discusión. En breve, impulsar mayor participación de la Defensoría del Pueblo y establecer la colaboración entre la empresa y el gobierno local para la confección del padrón. A continuación el detalle.
Dos recomendaciones
La primera, resulta oportuno orientar la intervención de la Defensoría del Pueblo, que tiende a ser muy valorada por la población y que permite realmente crear climas de paz en momentos críticos. No solo para apoyar a las personas afectadas, sino para que la Defensoría del Pueblo trabaje colaborativamente con el gobierno local en el empadronamiento. Ese es un giro que agregaría mucho valor.
Para la segunda sigamos primero este hilo de pensamiento: la empresa debería de transferir un presupuesto al municipio para el trabajo de confección del padrón. La coordinación con INDECI es insuficiente. Solucionar problemas no es gratis, confeccionar un padrón tampoco. Una alternativa, sería que el titular asegure recursos no monetarios al gobierno local para la confección del padrón, ello haría que la discusión no se centre en cuánto sino en el cómo (es decir en los recursos no económicos, en procedimientos)
Trabajo colaborativo entre el titular y el gobierno local para confeccionar el padrón de afectados
En la actual propuesta de reglamento:
el peso de la elaboración del padrón se lo lleva el Gobierno Local, la institución más débil de todas
Para la elaboración de un padrón hay que desarrollar un plan, desplegar personas, informar a la población, imprimir fichas, consolidar registros, verificar la calidad de los mismos y un sin fin de detalles no menos importantes.
Por ello, es importante establecer el detalle de cómo hacer este trabajo. La municipalidad no puede hacer sola este trabajo, estará desbordada. La empresa tiene los recursos. Es por ello que, debe establecerse un trabajo colaborativo entre el Gobierno Local y el titular.
Por último, quiero enfocarme en un detalle: es clave desarrollar materiales que puedan ser utilizados por el Municipio, la OGGS y la Defensoría del Pueblo contra las estafas. En casos como los de Ancón, si bien hubo apoyo de abogados serios, también hubo la presencia amplia de personas inescrupulosas que lucraron y se aprovecharon de la gente para estafarlos, pidiéndoles dinero a la vez que aseguraban a las personas montos de compensación, esto hay que reducirlo a toda costa.