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¿Ratificación de las Comunidades de Acuerdos en los Procesos de Dialogo? ¿Representación legal y/o legítima?

Las experiencias de... Gregorio R. y Gregorio S.

Publicado: 2019-04-09

Uno de los principios que deben guiar todo proceso de construcción de consenso o proceso de dialogo es que los representantes de las partes en la mesa de dialogo deben ser responsables de llevar una versión escrita del acuerdo tentativo o acuerdo preliminar a los grupos y personas a quienes ellos representan. Por ejemplo, el presidente de una comunidad campesina a quien este representa debe llevar el acuerdo tentativo a su comunidad para buscar la ratificación del acuerdo tentativo o acuerdo preliminar.  

En la etapa de deliberación del proceso de construcción de consenso o procesos de dialogo facilitados por mediadores, se desarrolla un dialogo productivo y constructivo entre los partes. Las partes abordan los conflictos, problemas, temas y dificultades con un enfoque de beneficios mutuos o solución-conjunta de problemas para generar resultados creativos inteligentes y sostenibles. Una vez que se ha llegado a un acuerdo tentativo entre las partes, cada parte debe llevar el acuerdo tentativo a quienes ellos “representan” para explicar cómo se llegó a este acuerdo tentativo y lograr obtener la ratificación, asentimiento o validación del acuerdo tentativo por los representados (por ejemplo, las comunidades representadas por el presidente de la comunidad en la mesa de dialogo), y quizá hasta tomar sugerencias de cómo se podría mejorar este acuerdo tentativo pero sin perjudicar a ninguna de las otras partes que contribuyeron en la generación de este acuerdo tentativo, en caso el acuerdo tentativo no haya considerado alguno de los intereses prioritarios de las partes. El mediador o facilitador del proceso de dialogo puede asistir al representante a realizar esta tarea de buscar la ratificación del acuerdo tentativo a través de la facilitación de una conversación basada en las prioridades, preocupaciones y aspiraciones de la comunidad.

Una vez que el acuerdo tentativo es apoyado y ratificado por los representados, por ejemplo, las comunidades representadas en el proceso, el mediador o facilitador debe tomar el acuerdo como propuesta final y presentársela a la persona o entidad convocante y ofrecer responder cualquier pregunta sobre el particular y preguntarle al convocante si está dispuesto a apoyar este acuerdo informado, apoyado y legitimado por las partes (representantes y representados) que han sido parte del proceso de dialogo. En esta etapa también se decide sobre la manera como se va a monitorear el cumplimiento de los acuerdos.

En el Perú muchos recuerdan cuando el premier y el ministro del interior de la administración Humala durante el conflicto social alrededor del proyecto minero conga, rechazaron la propuesta del gobernador regional de Cajamarca de consultar con sus bases el acuerdo tentativo al que habrían llegado. Esto resulto en la escalada del conflicto. Lo contrario hemos visto durante el proceso de dialogo respecto al proyecto minero Las Bambas y facilitado por la Conferencia Episcopal Peruana con el apoyo de la Defensoría del Pueblo. En este proceso de dialogo mediado por la iglesia, el presidente de la comunidad manifestó que debía consultar con su comunidad para ratificar el acuerdo tentativo y proceder con los siguientes pasos del acuerdo. El gobierno, la empresa, la Defensoría del Pueblo y los mediadores hicieron bien en permitir que se procediera con la ratificación de las bases de la comunidad.

En este caso del proceso de dialogo mediado por la Iglesia, el mismo mediador (u otro tercero neutral designado por la partes) podría haber acompañado al presidente de la comunidad para explicar cómo se desarrolló el proceso de dialogo y el acuerdo tentativo al que se llegó para facilitar una conversación con la comunidad para verificar si efectivamente el acuerdo preliminar cumplía con abordar y satisfacer las prioridades e intereses de la comunidad para darle legitimidad social al acuerdo y que este sea ratificado por la comunidad. 

Un tema que también se debe mencionar es que en los procesos de dialogo complejos y multiactor es fundamental que las partes piensen en las “sorpresas predecibles”, es decir, pensar en lo que podría ocurrir que pudiera impedir el cumplimento del acuerdo y definir como se procedería en caso de que alguna de las partes considere que no se está cumpliendo el acuerdo. Alineado a este mecanismo para prevenir conflictos futuros, las partes deben definir un mecanismo para asegurar el cumplimiento de los acuerdos, una manera de hacer esto es designando un comité de monitoreo y seguimiento del cumplimento del acuerdo del proceso de dialogo que debería ser integrado por representantes de todas las partes y verificar e informar sobre el cumplimiento o no de los acuerdos. Este comité de monitoreo y seguimiento del cumplimento del acuerdo podría no solo informar a las personas, grupos, organizaciones y comunidades a quienes representan, sino también se podría informar a una unidad de la Defensoría del Pueblo o de la Presidencia del Consejo de Ministros y su Vice Ministerio de Gobernanza Territorial que tenga como función hacer seguimiento al cumplimiento de los acuerdos resultantes de los procesos de dialogo, esto le daría mayor confiabilidad al proceso de dialogo y haría que los acuerdos sean de casi auto-cumplimiento; en suma, fortalecería los procesos de dialogo en el país.


Escrito por

Luis E. Ore Ibarra

Abogado Mediador Consultor Internacional en Negociaciones y Procesos de Consenso, Ex Presidente de la Sección Internacional de ACR (EE.UU.)


Publicado en

Inversión Sostenible

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